La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 250 UTM (más de 12 millones de pesos) aplicada por el Consejo Nacional de Televisión a TVN por no respetar la norma sobre la emisión de programas culturales.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada confirmó la sanción aplicada en marzo de 2017, asegurando que la infracción fue notificada adecuadamente y que la estación hizo sus descargos, los que fueron debidamente analizados por la resolución del Consejo.
“En cuanto a la multa esta se ajusta a lo que ordene el artículo 12 de la Ley N° 18.838, el cual no permite cursar una amonestación, sino que impone derechamente la multa que señala el numeral 2° del artículo 33 de la citada ley”, explica.
Recordemos que desde el 1 de octubre de 2014, entró en vigor el reglamento que obliga a los canales de televisión a emitir al menos cuatro horas de contenidos culturales a la semana, “entendiéndose por tales aquellos que se refieren a los valores que emanen de las identidades multiculturales existentes en el país, así como los relativos a la formación cívica de las personas, los destinados al fortalecimiento de las identidades nacionales, regionales o locales, como fiestas o celebraciones costumbristas y aquellos destinados a promover el patrimonio universal y, en particular, el patrimonio nacional”.
Dos de estas cuatro horas deben transmitirse en horarios de alta audiencia fijados por el Consejo, “quedando a criterio de cada concesionaria determinar el día y la hora dentro de dichos horarios. El equivalente en tiempo de las otras dos horas, determinado también por el Consejo, podrá transmitirse en otros horarios”.
Según CNTV, TVN no emitió la cantidad mínima exigida durante la segunda, tercera y cuarta semana de marzo del año pasado. El organismo además rechazó el alegato del canal que consideraba Carmen Gloria a su servicio, Noche de Box y Acosados como espacios culturales, por no cumplir con la definición que entregó la entidad para este tipo de programación.
Fuente: BioBioChile.cl