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EXTRACTO EIA “PARQUE FOTOVOLTAICO LAS CUNAS”

Se informa que Parque Solar Las Cunas SpA, por medio de sus representantes legales Señor Carlos Manuel Pavón, Señor Diego Caballero y Señor Felipe Grez, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto denominado “Parque Fotovoltaico Las Cunas”, en cumplimiento de los artículos 26 y 28 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, así como del artículo 88 del D.S. N° 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del SEIA.

El Proyecto consiste en la construcción y operación de un parque fotovoltaico que tendrá una potencia peak de 557,52 MWp, una potencia nominal de 540 MWn y un sistema de almacenamiento de energía (BESS) de potencia nominal de 553,66 MW. El Proyecto estará dividido en tres áreas: Área PFV Zona Norte, Área PFV Zona Sur (Sector 1) y Área PFV Zona Sur (Sector 2). La energía transformada por los paneles fotovoltaicos de cada área será evacuada hacia la Subestación Elevadora de 33 kV/220 kV del Proyecto. Desde este punto, la energía será transportada mediante una Línea de Alta Tensión de 220 kV de 14,7 km de extensión y finalmente inyectada al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) a través de la Subestación Eléctrica Algarrobal existente.

El Proyecto se emplazará en la Región de Atacama, Provincia del Huasco, Comuna de Vallenar, específicamente a 45 kilómetros aproximadamente al Noreste del centro de la cuidad de Vallenar.

La inversión estimada del Proyecto alcanza los US 716 millones (setecientos dieciséis millones de dólares) para su ejecución, y su vida útil se proyecta en 35 años.

El Proyecto se somete al SEIA mediante un EIA por los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300 señalados en la letra b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire; letra c) Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos y letra d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

En relación a los antecedentes asociados a Líneas de Base, se consideraron los siguientes componentes: Clima y meteorología; geología, geomorfología y riesgos naturales; suelo; hidrología, hidrogeología; flora y vegetación vascular y no vascular; fauna vertebrada; patrimonio arqueológico y paleontológico; valor paisajístico y turístico; áreas protegidas y sitios prioritarios; turismo; usos del territorio; medio humano, antropológico; y proyectos con RCA vigente.

A partir de la información obtenida en las Líneas de Base y de la descripción de las obras y acciones que contempla el Proyecto para su construcción y operación, se identificaron efectos adversos significativos sobre la flora y vegetación vascular, el objeto de protección del sitio prioritario “Zona del Desierto Florido” y sobre Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas (GHPPI).

Con la finalidad de abordar los efectos adversos significativos, el Proyecto ha considerado la aplicación de las siguientes medidas de mitigación, reparación y compensación: Mitigación: “Disposición de zona sin escarpe en área de paneles”; Reparación: “Restitución de vegetación en área de paneles y zona de obras temporales”; Compensación: “Plantación de especies vegetales”, “Estudio de puesta en valor de flora y vegetación en zona colindante al área del Proyecto durante el desierto florido”, “Habilitación de caminos de reposición con el fin de dar continuidad a la dinámica de desplazamiento trashumante de los GHPPI CID Aray Chacrit y AIM Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto”, “Plan de entrega de forraje para actividad ganadera-trashumante par los GHPPI CID Aray Chacrit y AIM Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto” y “Plan de capacitación de recolectores y para el cultivo de hierbas medicinales para los GHPPI CID Aray Chacrit y AIM Pequeños Agricultores y Crianceros Amanecer del Desierto”.

El Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto se encuentra a disposición de la comunidad para su consulta en la página web del Servicio de Evaluación Ambiental (www.sea.gob.cl); en la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de Atacama, ubicada en calle Yerbas Buenas 295, Copiapó; en Ilustre Municipalidad de Vallenar, ubicada en Plaza Ambrosio O’Higgins 25, Vallenar y en la Delegación Presidencial Provincial del Huasco, ubicada en Plaza Ambrosio O’Higgins S/N, Vallenar.

Cualquier persona natural o jurídica podrá formular observaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, disponiendo para ello de un plazo de 60 días hábiles, contados desde el día hábil siguiente a la última publicación del presente extracto, según lo establecido en el artículo 90 del D.S. N° 30/2023, del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SEIA. Dichas observaciones deberán formularse por escrito ante el Servicio de Evaluación Ambiental, a través de su sitio web www.sea.gob.cl, también, a través de la oficina de partes virtual, en el enlace https://opv.sea.gob.cl/ o bien, en papel en la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama, ubicada en calle Yerbas Buenas 295, Copiapó. Las observaciones deberán contener sus fundamentos, referirse a la evaluación ambiental del Proyecto, y deberán señalar, al menos, el nombre del Proyecto, nombre completo de la persona natural o jurídica que las hubiere formulado (en el caso de persona jurídica, también debe incluirse el nombre completo de su representante legal), números de RUT, domicilios postales, correos electrónicos y/o números de contacto.

En el caso de personas jurídicas, éstas deberán acreditar su personalidad jurídica y representación vigente.

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