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En Atacama: 1.533 personas cambiaron el orden de sus apellidos a dos años de vigencia de Ley 21.334

Un total de mil 533 personas registraron el cambio en el orden de sus apellidos en la región, al cumplirse dos años de la implementación de la Ley 21.334. Así lo informaron el seremi de Justicia y Derechos Humanos de Atacama, Tomás Garay junto a la directora regional del Servicio de Registro Civil e Identificación, Lucy Cepeda, quienes destacaron además que a nivel nacional más de 76 mil personas han cambiado el orden de sus apellidos.

En este sentido, las autoridades regionales precisaron que la Ley 21.334 comenzó a regir desde el 11 de enero de 2022, y se refiere a la determinación del orden de los apellidos por acuerdo de los padres, que permite a las personas poner primero el apellido materno y después el paterno.

El seremi de Justicia y Derechos Humanos de Atacama, Tomás Garay señaló que 737 solicitudes de cambio de orden de apellido corresponden a personas mayores de 18 años mientras que madres y padres de 796 niños y niñas, optaron por el cambio del orden de sus apellidos al momento de la inscripción del nacimiento, o realizaron el trámite correspondiente en el caso de hijos o hijas menores de edad durante el plazo que estableció la Ley 21.334, opción vigente hasta el 11 de enero del 2023.

Sobre el impacto de esta ley, el Seremi acotó “la posibilidad de realizar este trámite representa un importante avance en acceso a la justicia, resguardando derechos fundamentales y promoviendo la equidad de género, pues muchas personas mayores de 18 años tenían la necesidad de realizar el cambio en el orden de sus apellidos y utilizar el apellido materno en primer lugar. Estamos muy contentos con la labor del Registro Civil, que siempre ha estado al servicio de los habitantes de nuestra región”.

Respecto a los alcances de la ley, la directora regional del Registro Civil, Lucy Cepeda añadió “esta normativa entrega la posibilidad a los padres de establecer el orden de los apellidos de su primer hijo o hija, el cual se extenderá al resto de los hijos en común que inscriban con posterioridad. También permite el cambio de orden de los apellidos de personas mayores de edad, con la correspondiente rectificación de la partida de nacimiento”.

Para realizar el cambio de orden de apellidos, una persona mayor de 18 años debe realizar el trámite en una oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación, para esto debe agendar su hora de atención con su Clave Única en www.registrocivil.cl. El trámite no tiene costo, pero la persona debe pagar el costo de las publicaciones en el Diario Oficial y posteriormente la emisión de su nueva cédula y/o pasaporte.

LEY 21.334

El derecho para la determinación del orden de los apellidos, sea que se haga al momento de la inscripción de un recién nacido primogénito o recién nacida primogénita, o de una rectificación de partida de una persona mayor de edad, se podrá ejercer solo una vez ante el Registro Civil.

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