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Corte de Apelaciones de Copiapó ordena “restablecer el imperio del derecho” por suspensión de clases en atacama

La Corte de Apelaciones de Copiapó dio lugar a una orden de no innovar y dispuso que el Servicio Local de Educación adopte medidas para el resguardo del interés superior de niños, niñas y adolescentes, luego de acoger a tramitación un recurso de protección por la suspensión de clases en la región de Atacama.

En la resolución (causa rol 621-2023), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Aída Osses Herrera, Rodrigo Cid Mora y la abogada integrante Verónica Álvarez Muñoz- solicitó un informe al Servicio Local de Educación en el cual se aborde lo solicitado en la acción constitucional.

“En lo principal, téngase por interpuesto recurso de protección. Pídase informe a la recurrida, el que deberá evacuarse dentro de décimo día, debiendo acompañar los antecedentes que obren en su poder”, señala.

“Al primer otrosí, como se pide. En consecuencia, la recurrida deberá adoptar todas las medidas que se estimen necesarias para restablecer el imperio del derecho, en resguardo del interés superior de niñas, niños y adolescentes, en el más breve plazo”, establece la resolución.

“Ofíciese a efectos de notificar a la recurrida por la vía más expedita de la interposición del recurso, adjuntando copia de este y de la presente resolución”, concluye.

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