La diputada (PS) por Atacama, Daniella Cicardini, valoró la aprobación de indicaciones y paso al Senado del proyecto de ley de “Derecho al Olvido Financiero”, del que es coautora junto al también diputado socialista, Daniel Manouchehri, y un grupo transversal de parlamentarios; que busca la obligación de la eliminación por parte de entidades financieras del registro de datos personales por deudas pagadas o impagas pero prescritas, desde hace más de 5 años.
De este modo, la iniciativa también denominada como “Chao Histórico”, tiene también como propósito suprimir obstáculos y discriminaciones en el acceso al crédito por parte de las personas.
Al respecto, junto con valorar su avance al Senado, la diputada Daniella Cicardini, señaló que la iniciativa busca “liberar de la pesada mochila y del estigma de las deudas a millones de chilenos y chilenas, que se produce por el hecho de mantener el registro de una deuda que ya está prescrita hace al menos cinco años, o que a pesar de haberla pagado el sistema financiero la mantiene como antecedente o como una especie de lista negra del abuso, con la que discriminan injustificadamente a la hora de acceso a créditos y le impiden levantar cabeza a las personas”.
“En ese sentido este proyecto busca dar alivio y una segunda oportunidad a las personas, a emprendedores y a pymes, y un respiro y desahogo para millones de chilenos y chilenas”, enfatizó la legisladora.
En esa línea, la parlamentaria destacó también al proyecto como parte del acuerdo del Gobierno con las pequeñas y medianas empresas, con motivo de la reciente discusión del salario mínimo.
En tanto, el diputado Daniel Manouchehri, contrastó que “hoy los delincuentes pueden borrar sus antecedentes penales, pero alguien por una deuda de 20 mil pesos hace una década termina condenado a ser discriminado de por vida por el sistema financiero, debido a que éste puede guardar registros históricos, listas negras de deudores, a pesar de que las acciones para perseguir el cobro de las mismas hayan prescrito hace muchos años”.
En lo específico, la iniciativa plantea que una vez cumplido el objetivo del registro del deudor, ya sea por que las deudas impagas se hicieron exigibles o se extinguieron (lo primero que ocurra), hace más de cinco años; la institución respectiva deberá proceder a su eliminación o borrado, para lo cual no se requerirá solicitud, orden judicial ni instrucción de la autoridad.
Además se establece la prohibición de la publicación de los datos, comercialización o cesión, y asimismo, las entidades bancarias y financieras, oferentes y prestadoras de servicios y productos financieros, deberán informar por escrito de las razones del rechazo a la contratación de uno de ellos, en la misma forma y oportunidad que comunican su decisión.
En ningún caso podrán considerar como motivo la existencia de obligaciones que hayan debido eliminarse de conformidad con esta ley, y los responsables de datos relativos a deudas prescritas no podrán llamar, enviar cartas, correos u otras comunicaciones a través de cualquier medio a los consumidores para su cobro.