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Proveedor de perdigones detalla las restricciones no contempladas en el protocolo de Carabineros

Este jueves la empresa Tec Harseim, quienes han provisto de perdigones a Carabineros por más de 30 años, respondió a un oficio de la Corte de Apelaciones de Temuco en el que se le preguntaron diversos aspectos en relación a la munición antidisturbios.

Lo anterior se da en el contexto de un recurso de protección que está siendo tramitado por el tribunal de alzada y que fue presentado el pasado 13 de noviembre por varios estudiantes universitarios de Temuco junto con sus rectores.

Según señaló en esa oportunidad Joaquín Cárdenas, secretario general de la Federación de Estudiantes de la Universidad Católica de Temuco, “junto con el rector de la Ufro y el rector de la UCT, diversos centros de estudiantes y estudiantes de base, hemos presentado un recurso de protección para evitar que Carabineros siga ocupando los balines de goma”.

En medio del litigio, la Corte de Apelaciones de Temuco ofició el pasado 21 de noviembre a Tec Harseim, proveedor de perdigones de Carabineros, para consultar sobre diversos temas de la munición.

Se trata de cuatro puntos. En el primero se pide que detallen si es que se les informó debidamente a Carabineros sobre los riesgos aparejados al uso de la munición.

En segundo lugar se solicita información sobre el tipo de munición que ha sido vendida a Carabineros. En el siguiente punto se solicita informar sobre los riesgos asociados al uso de la munición.

Por último, se les pide que entreguen información sobre las instrucciones de los fabricantes y la advertencia de uso.

La respuesta

Con fecha 26 de diciembre la empresa Tec Harseim respondió al oficio, indicando que sí habían informado a Carabineros sobre los riesgos aparejados al uso de los cartuchos antidisturbios.

Del mismo modo, se sostiene que los mismos están incluidos en la ficha técnica que se provee cuando se cotizó y se suministró el producto.

Además, añaden que aquellos riesgos también habían sido corroborados por el Informe de la Dirección de Investigación Delictual y Drogas del Departamento de Criminalística de noviembre de 2012 (adjunto al final de la nota).

Para el punto dos, sostienen que “TETEC HARSEIM ha suministrado a Carabineros de Chile Cartuchos Antidisturbios, con 12 Perdigones de Goma por más de 30 años y con las características actuales desde el año 2005″.

Sobre el punto tres, que trata de los riesgos asociados a la munición, explican que los cartuchos se suministran como No Letales o Menos Letales, en la medida que se utilicen respetando las condiciones de uso indicadas en la Ficha Técnica proporcionada por TEC HARSEIM”.

Del mismo modo, vuelven a indicar que dichas condiciones son las mismas a las indicadas en el informe de Carabineros de 2012.

Por último, y en relación a la consulta sobre cuáles son las instrucciones de uso, adjuntan las indicaciones que entregan en la ficha técnica:

-Se deben utilizar a una distancia no menor de 30m.
-Se debe siempre apuntar de la cintura hacia abajo.
-Su distancia efectiva es hasta 50m.

La aclaración de Carabineros

En la misma causa se emanó un oficio a Carabineros de Chile el 14 de noviembre, el que fue respondido el 29 de noviembre por el general director de Carabineros, Mario Rozas, señalando en sus conclusiones que se debiera “rechazar el presente Recurso de Protección porque el actuar de Carabineros de Chile, en ningún caso podría afectar el derecho de reunión y el derecho a la vida, a la integridad física y psíquica que la Constitución Política de la República asegura a los recurrentes y a los miembros de ambas casas de estudios”.

Asimismo, explica que “el uso de la escopeta antidisturbios no puede ser considerado como arbitrario o ilegal porque se ajusta a los criterios de necesidad, progresividad y proporcionalidad que establece el Decreto Supremo 1.364, la Orden General Nº 2.635 y la Circular Nº 1.832, es decir, está amparado en el Principio de Legalidad (…)”.

Sin embargo, y al revisar los diferentes documentos citados, no se menciona en los protocolos la limitación de distancia que ha sido propuesta por el fabricante y que, desde la empresa proveedora, informan que pusieron debidamente en conocimiento de la institución.

La única alusión a distancias se hace en la Orden General 2635, en el apartado que se refiere a los cartuchos 12MM Super-Sock, los llamados “Bean Bags”, donde señalan que tienen un alcance máximo de 25 metros.

    

Fuente: BioBioChile
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