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Corte Suprema revocó sentencia y acoge protección contra Gobernador de Copiapó y Carabineros de Chile

Se estimó que las recurridas incurrieron en un acto arbitrario e ilegal.

La Corte Suprema revocó la sentencia que rechazó protección contra el Gobernador de la ciudad de Copiapó y Carabineros de Chile por la dictación de una resolución que dispuso el desalojo del inmueble consistente en la vivienda del recurrente y de su núcleo familiar.

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Gobernador de Copiapó y Carabineros de Chile por la resolución exenta N° 49 de fecha 11 de febrero de 2019, en la que se dispuso el desalojo de un inmueble consistente en la residencia del recurrente y de su núcleo familiar, esto a pesar de que el recurrente detenta un título de mera tenencia constituido por un contrato de arrendamiento celebrado con Carabineros de Chile.

El recurrente estimó vulnerado el derecho a no ser juzgado por comisiones especiales.

En su sentencia, el máximo Tribunal sostuvo que cabe concluir que el actuar de las recurridas ha sido ilegal y arbitrario por cuanto Carabineros de Chile ha reconocido que atendido el tiempo transcurrido desde que remitió los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado, sin tener resultados, decidió solicitar el desalojo administrativo a la Gobernación Provincial de Copiapó, sin que haya acreditado haber recibido alguna instrucción o respuesta de parte del mentado Consejo. Por su parte, la Gobernación Provincial de Copiapó procedió a acoger la petición efectuada por Carabineros de Chile, dictando la resolución reclamada, en circunstancias que le constaba la existencia del contrato de arrendamiento suscrito entre el actor y la institución de Orden aludida, tal como lo indica en el motivo 3º de la misma resolución impugnada, motivo por el cual debió dar cumplimiento a lo prevenido en el artículo 26 letra f) del D.F.L. Nº 22 de 1959 enviando los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado y absteniéndose de actuar.

Enseguida, la sentencia expuso que, por otro lado, resulta evidente que la Administración ha reconocido la procedencia del ejercicio judicial de las acciones legales correspondientes, al haber iniciado la causa Rol C-2230-2016 ante el Tercer Juzgado de Letras de Copiapó, independiente del progreso de la misma.

Posteriormente, el fallo expuso que, de lo señalado precedentemente aparece de manifiesto que las recurridas incurrieron en un acto arbitrario e ilegal, que perturba la garantía constitucional contemplada en el artículo 19 Nº 3 inciso 5º de la Constitución Política de la República, al actuar sin esperar el resultado de la acción judicial incoada, pues nadie puede ser juzgado por comisiones especiales sino por el tribunal que señale la ley y que se halle establecido con anterioridad por ésta, desde que asumieron, en la práctica, la función de juzgar, que pertenece constitucionalmente a los tribunales de justicia.

Por consiguiente, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada y, en su lugar, se acogió la presente acción constitucional, por lo que se dejó sin efecto la Resolución Nº 48 de 11 de febrero de 2019 dictada por la Gobernación Provincial de Copiapó, sin perjuicio que Carabineros de Chile, solamente obtenga la restitución del inmueble por medio de las correspondientes acciones judiciales.

Fuente: diarioconstitucional.cl

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