En su fallo sostuvo que el organismo presentó una actuación “imparcial” y que, al menos, debió oficiar a la Super de Medio Ambiente para fundar su resolución.
En un fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema determinó anular la resolución que aprobó el cierre temporal de las obras del megaproyecto minero binacional Pascua Lama (Barrick). Esto, luego que un grupo de agricultores acudieran al máximo tribunal del país, rechazando la resolución del Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), puesto que dicen que el cierre debilitaría las medidas de protección ambiental establecidas en el proyecto original.
Según el fallo, “los reproches esgrimidos por los actores, no fueron controvertidos por el servicio, el que justificó su actuar en la normativa contenida en la Ley N° 20.551 y su Reglamento”.
Por ende, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada del pasado 12 de agosto de 2016 en el cual la Corte de Apelaciones de Santiago había rechazado el recurso de protección de los regantes del Huasco. En consecuencia, la Corte Suprema acogió el recurso de protección dejando sin efecto la Resolución Exenta N° 2418 de Sernageomin.
Fuente: Mch