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Aprueban proyecto que sanciona a quien injustificadamente niegue la visita a padres o abuelos a un menor

Los diputados de la Comisión de Familia definieron que una acción reiterada en dicha línea, que evite un normal relacionamiento del menor con ambos progenitores y abuelos, será considerada como violencia intrafamiliar y podrá, eventualmente, ser causal para la pérdida de la tuición.

Tras varias sesiones de debate y de escuchar los aportes de distintos organismos especializados, la Comisión de Familia aprobó un proyecto que evita que quien tenga la custodia de un menor niegue de manera reiterada e injustificadamente la visita a padres o abuelos.

El presidente accidental del grupo parlamentario y autor de la iniciativa, diputado Ramón Farías, agradeció la aprobación unánime de la propuesta, aunque reconoció las dificultades para llegar un texto consensuado.

“Nos costó bastante ponernos de acuerdo, cambiamos, porque no sabíamos si poner o no ciertas normas dentro del Código Penal, finalmente optamos por dejarlo dentro de violencia intrafamiliar este proyecto, básicamente”.

El parlamentario explicó que se descartó la idea de tipificar un nuevo delito de incumplimiento del régimen de relación directa y regular, pasando, en su reemplazo, a ampliar el concepto de violencia intrafamiliar para incluir este tema.

“Hicimos una definición respecto de lo que significa interrumpir, para que no sea algo aleatorio y esto puede significar que hasta podría llegar, si es muy reiterado y muy injustificado, a perder la tuición del niño o niña que tenga esa persona, si esto se agrava”.

Efectivamente, el proyecto establece que, en caso de producirse obstaculización a las visitas, el juez podrá imponer sanciones en conformidad a lo establecido en la Ley de Violencia Intrafamiliar y, de generarse reiteración del acto, podrá citar a audiencia para revisión de antecedentes que permitan determinar, por sentencia fundada, la pérdida del cuidado personal del menor quien lo detenta.

La iniciativa pasará ahora a consideración de la Sala.

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