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Ley de alternancia: conoce la iniciativa que te da libre si trabajaste el “18” anterior

Si bien las Fiestas Patrias se desarrollan con feriados irrenunciables, hay sectores del comercio que igual deben trabajar. Para aquellos empleados, desde 2016 existe la ley de alternancia, permitiéndoles descansar este año si trabajaron el 18 de septiembre pasado.

La normativa permite que aquellos trabajadores de los sectores a los que se les permite atender en los feriados irrenunciables, como el sector de entretención, bencineras o farmacias de turno, puedan pedir no trabajar si tuvieron que trabajar en el mismo feriado el año pasado.

Así lo explicó el subsecretario del Trabajo, Francisco Díaz.

La normativa tiene una condición: el trabajador debe mantener contrato laboral con el mismo empleador que tenía el año anterior.

El comercio atendido por sus dueños y familiares si puede abrir. Ante esto, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), a través de su vicepresidente Nolberto Díaz, advirtió sobre empleadores que podrían intentar infringir la norma.

Será el Ministerio del Trabajo el encargado de fiscalizar el cumplimiento de la ley en los feriados irrenunciables del 18 y 19 de septiembre. Los infractores arriesgan multas entre $233.465 y un máximo de $933.860.

Fuente: BioBioChile

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