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Intendente Vargas informó que por 6 meses se decreta zona de escasez hídrica en Vallenar, Freirina y Huasco

logitoEl Decreto de Escases número 141, sobre la base del artículo 314 del código de aguas otorga a la Dirección General de Aguas varias atribuciones que permiten colaborar en la soluciones que las autoridades del Gobierno pretendean implementar para solucionar los problemas de recurso hídrico para el consumo humano y para la producción agrícola.

Acompañado por la Gobernadora de la Provincia del Huasco, Alexandra Nuñez, y el Director Regional de la Dirección General de Aguas, Rodrigo Alegría, el Intendente de Atacama, Miguel Vargas, informó que el Gobierno ha tomado la desición de dictaminar el Decreto de Escasez Hídrica para las comunas de Vallenar, Freirina y Huasco, a partir del día 12 de febrero del presente año y con una vigencia de 6 meses.

La máxima autoridad regional manifestó que esta decisión es muy importante, “ya que este decreto nos permite administrar adecuadamente nuestro recurso hídrico, sobre todo para atender los requerimientos de quienes mas lo necesitan, y me refiero a los pequeños agricultores y a quienes viven de los sistemas de agua potable rural”.

“Aquellos y aquellos que vivimos en Atacama sabemos lo que esto significa, ya que hemos convivido por mucho tiempo con el fenómeno de la escasez hídrica en la zona. Este decreto nos permite, por ejemplo, extraer agua para el funcionamiento de los APR en caso de necesidades urgentes. Además otorga mas facultades a las juntas de vigilancia para entregar mas agua a los regantes del cuarto tramo. La medida nos permite atender demandas muy sentidas, sobre todo del sector agrícola”, argumentó Vargas.

Por su parte, la Gobernadora Alexandra Nuñez, declaró que muchos agricultores y regantes están preocupados por la actual situación de escases hídrica, ya que dicho recurso es fundamental para mantener sus diversas producciones, y también por actual situación de desaceleración económica. Estamos contentos por la decisión ya que también queremos que las actividades productivas rurales se mantengan, como por ejemplo aquellos que se dedican a la producción de aceite de oliva. Recordemos que este sector es emergente y a otorgado mucho empleo a diversas personas”.

El Decreto de Escasez número 141, sobre la base del artículo 314 del código de aguas otorga a la Dirección General de Aguas varias atribuciones que permiten colaborar en la soluciones que las autoridades del Gobierno pretendan implementar para solucionar los problemas de recurso hídrico para el consumo humano y para la producción agrícola. Por estos 6 meses la Dirección General de Aguas esta facultada para poder autorizar las extracciones extraordinarias de aguas subterráneas.

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