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Corte de Apelaciones de Copiapó revocó decisión de Juzgado de Garantía que no acogió querella por muerte de trabajador subcontratista de El Salvador

logitoLa Corte de Apelaciones de Copiapó revocó la resolución del juzgado de Garantía de Diego de Almagro, que no acogió una querella interpuesta por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) por la muerte del trabajador subcontratista NelsonQuichillao en el acceso al campamento de la mina El Salvador.

El abogado representante del INDH recurrió al tribunal de alzada debido a que el Juzgado de Garantía de Diego de Almagro rechazó – el 21 de septiembre- el recurso, entre otros aspectos, por considerar que “en principio la acción penal pública puede ser ejercida únicamente por el Ministerio Público”.

La sala -integrada por los ministros Mirta Angélica Lagos, Francisco Sandoval y el fiscal judicial Rafael Corvalán- estableció que “teniendo únicamente presente que conforme a lo previsto en los artículos 2° y 3°, especialmente su numeral 5°, de la Ley N° 20.405, el Instituto Nacional de Derechos Humanos se encuentra habilitado para deducir la querella enderezada en autos, desde que su ámbito de competencia para deducir la acción penal no ha sido restringida a una especie de delito, sino a todo cuanto constituya su finalidad, cual es “la protección y promoción de los derechos humanos de las personas que habiten en el territorio de Chile…”

Nelson Quichillao falleció por un impacto de bala en una manifestación que tuvo lugar en El Salvador, en julio de este año, en el marco de movilizaciones de trabajadores subcontratistas de Codelco.

La resolución de la Corte de Apelaciones ordenó al magistrado de primera instancia que “emita el pronunciamiento que en derecho corresponda”.

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